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Editorial: El País

26 de enero de 2024

  • El Tribunal Supremo de España ha determinado que la devolución de 45 menores en situación irregular desde Ceuta a Marruecos en agosto de 2021 fue ilegal.
  • Las autoridades violaron la Ley de Extranjería que requiere un procedimiento administrativo, el estudio de la situación personal de los menores y darles audiencia.
  • Las ONG, Fundación Raíces y Coordinadora de Barrios, llevaron el caso a los tribunales y lograron la sentencia favorable del Tribunal Supremo.
  • El incidente surge como resultado de la fricción política con Marruecos, después de que España permitiera el tratamiento médico del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali.
  • El Ministerio del Interior justificó las devoluciones conforme a un acuerdo de cooperación entre España y Marruecos de 2007.
  • El Tribunal Supremo aclaró que dicha justificación no exime de cumplir con las regulaciones establecidas en la Ley de Extranjería.
  • Las expulsiones colectivas de extranjeros están prohibidas por el convenio europeo para la protección de los derechos humanos.

Conclusión: El veredicto subraya el imperativo legal y moral de resguardar los derechos humanos en las políticas de inmigración, incluso en situaciones políticas desafiantes.